Las imágenes se consideran un dato de carácter personal, art. 3 LOPD 15/1999 y el art. 1.4 RD 1322/1994 de 20 de junio, define como dato de carácter personal, la información gráfica o fotográfica; por lo que la normativa de aplicación es la Ley Orgánica de Protección de Datos 15/1999, de 13 de diciembre. Requisitos […]
No Comments. Continue Reading...PASOS A SEGUIR PARA RECLAMAR LA DEUDA A UN MOROSO SIN QUE LE CUESTE UN EURO A TU COMUNIDAD. EL PROCESO MONITORIO. (para presentación de la petición inicial del procedimiento monitorio, no será preciso valerse de procurador y abogado, art. 814.2 de la LEC. En su caso, para instar la ejecución o continuar la reclamación […]
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